La Habana responsabiliza al español Ángel Carromero del accidente en el que murió Oswaldo Payá.

Fecha: 27/07/2012
Comentario:

La Habana responsabiliza al español Ángel Carromero del accidente en el que murió Oswaldo Payá.

Nota del Maec:

Normativa aplicable para la asistencia de nacionales detenidos en el extranjero:

Derecho Internacional:

  • Convenio de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963: Art. 5.  Establece la obligación para los Estados de proteger y asistir a sus ciudadanos en el extranjero; y el art. 36.b) impone la obligación para los Estados de comunicar al Estado del que es nacional la persona detenida de su detención y de las condiciones. Establece también la obligación para los Estados de informar al detenido de su derecho a comunicarse con el representante consular.
  • Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966. Art. 14. Establece garantías judiciales para un juicio justo. Especialmente la lectura de cargos o interrogatorios en un lenguaje que entienda el detenido  (art. 14). En todo caso, establece los derechos de las personas detenidas que deben respetarse en cualquier lugar del mundo (art. 14 y siguientes).
  • Convenio Europeo sobre los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales de 1950. Arts. 5 a 7.  Establecenlas garantías judiciales para un juicio justo en los países sometidos al Convenio. Especialmente la lectura de cargos o interrogatorios en un lenguaje que entienda el detenido, la obligación de que haya traductores en los procesos.

Derecho Nacional:

  • Real Decreto 342/2012, de 10 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación. El art. 1 establece que corresponde al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación proteger a los españoles en el exterior; y, en el art. 15 establece que es competencia de la  Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares y Migratorios. 2. En particular, le corresponde el ejercicio de las siguientes competencias: a) La propuesta y ejecución de la política de protección de los españoles en el extranjero; c) La gestión de emergencias y situaciones de crisis que afecten a los españoles en el exterior; y, e) La asistencia, a través de las oficinas consulares de España, a los españoles que integran los nuevos flujos migratorios así como a aquellos que se encuentran desplazados en el exterior.
  • Ordenes Circulares del Ministerio de Asuntos Exteriores.
    Núm. 3160. Protección a detenidos españoles en el extranjero. 
    Núm. 3061. Normas sobre comunicaciones de detenidos españoles en el extranjero. 
    Núm. 3078. Cooperación entre los miembros de la Comunidad Económica Europea en materia consular. 
    Núm. 3079. Libro de visitas a detenidos españoles en el extranjero. 
    Núm. 2974. Ejercicio derecho a visita a nacionales en prisión 
    Núm. 3111. Asistencia a Nacionales en el extranjero y Repatriación. 
    Núm. 3065. Defensa jurídica de Españoles en el extranjero.

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