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Cómputo del IPREM para el cálculo de las cantidades exigidas en solicitudes de visado y autorización inicial de residencia temporal no lucrativa.
Fecha:
15/05/2023
Comentario:
Cómputo del IPREM para el cálculo de las cantidades exigidas en solicitudes de visado y autorización inicial de residencia temporal no lucrativa. El TS fija doctrina indicando que cuando el art. 47 RLOEX exige la disponibilidad de una cantidad en euros que represente el 400 por 100 del IPREM para conceder la autorización de residencia temporal. Diario LA LEY, núm. 10286, Sección Sentencias y Resoluciones, 15 de mayo de 2023, LA LEY.
Jurisprudencia comentada: