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El Supremo establece que los beneficiarios de un programa de reasentamiento adquieren la condición de refugiados.
Fecha:
24/02/2021
Comentario:
El Supremo establece que los beneficiarios de un programa de reasentamiento adquieren la condición de refugiados. Tanto una interpretación gramatical y sistemática de la norma como una interpretación finalista conducen a dicha conclusión, pues su finalidad es ofrecer al refugiado los mismos derechos de los nacionales del Estado, reconocimiento que comporta la posibilidad de integrarse en el país de acogida, pudiendo llegar a adquirir la nacionalidad por naturalización. © Diario La Ley, núm. 9798, Sección Jurisprudencia, 24 de febrero de 2021, Wolters Kluwer.
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