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La Audiencia Nacional prohíbe el velo islámico en las cárceles si dificulta la identificación de la interna.
Fecha:
20/07/2017
Comentario:
La Audiencia Nacional prohíbe el velo islámico en las cárceles si dificulta la identificación de la interna. La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha prohibido el uso del velo islámico ’hiyab’ en las cárceles españolas si dificulta la identificación de las internas. © Europa Press.es.
Bibliografía::
- “Perspectivas sobre el velo islámico: especial referencia a la doctrina del margen de apreciación en la jurisprudencia internacional”.
- El uso del velo islámico en Europa: un conflicto de libertad religiosa y de conciencia. Especial referencia a Francia, Alemania, Reino Unido, España e Italia.
- Signos religiosos en la indumentaria de trabajo y principio de no discriminación: las primeras aportaciones del Tribunal de Justicia.
Jurisprudencia sobre la prohibición del velo islámico
- SJPalma de Mallorca 06.02.2017.
- STJUE Asunto Achbita y Asunto Bougnaoui
- STEDH 01.07.2014. Confirma la prohibición del uso público de velos que cubren todo el rostro.
- SJCA Madrid 25.01.2012.
- STS 02.11.2010.
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