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El matrimonio de complacencia para legalizar la residencia sin alterar la documentación personal, no constituye delito de falsedad.
Fecha:
04/04/2019
Comentario:
El matrimonio de complacencia para legalizar la residencia sin alterar la documentación personal, no constituye delito de falsedad. El acta matrimonial es genuina, su data correcta y recoge un acto objetivamente celebrado, que es el matrimonio, que no fue declarado nulo, y no pasa de ser un ilícito administrativo, al no mediar ánimo de lucro. Diario La Ley, núm. 9390, Sección La Sentencia del día, 4 de abril de 2019, Editorial Wolters Kluwer.
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