Las mujeres que reconocen como valor fundamental la igualdad de género tienen derecho al estatuto de refugiado, especialmente si son menores.

Fecha: 11/06/2024
Comentario:

Las mujeres que reconocen como valor fundamental la igualdad de género tienen derecho al estatuto de refugiado, especialmente si son menores. Puede considerarse que, por su identificación efectiva con el valor fundamental de la igualdad entre mujeres y hombres, surgida durante su estancia en un Estado miembro, pertenecen a un “determinado grupo social” como “motivo de persecución” que puede dar lugar al reconocimiento del estatuto de refugiadoDiario LA LEY, núm. 10529, Sección Unión Europea, 19 de Junio de 2024, LA LEY. 

Jurisprudencia analizada:

Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León