Supremo matiza su doctrina sobre la reagrupación familiar.

Fecha: 17/09/2020
Comentario:

El Supremo matiza su doctrina sobre la reagrupación familiar cuando es el cónyuge no comunitario quien posee los medios económicos suficientes. Se debe otorgar la tarjeta de residencia a un no comunitario si la relación de dependencia es de tal intensidad que obligue al nacional español a abandonar el territorio europeo en su conjunto. Y es la Administración la obligada a investigar de forma proactiva la auténtica y real situación de la pareja, sus medios económicos y la posible situación de dependencia entre ambosDiario La Ley, núm. 9698, Sección La Sentencia del día, 17 de septiembre de 2020, Wolters Kluwer.

 

Jurisprudencia analizada:

Jurisprudencia citada:

Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León