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Supremo matiza su doctrina sobre la reagrupación familiar.
Fecha:
17/09/2020
Comentario:
El Supremo matiza su doctrina sobre la reagrupación familiar cuando es el cónyuge no comunitario quien posee los medios económicos suficientes. Se debe otorgar la tarjeta de residencia a un no comunitario si la relación de dependencia es de tal intensidad que obligue al nacional español a abandonar el territorio europeo en su conjunto. Y es la Administración la obligada a investigar de forma proactiva la auténtica y real situación de la pareja, sus medios económicos y la posible situación de dependencia entre ambos. Diario La Ley, núm. 9698, Sección La Sentencia del día, 17 de septiembre de 2020, Wolters Kluwer.
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