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La mera cita genérica de la existencia de condena penal o de antecedentes policiales no es circunstancia agravante que justifique la expulsión del extranjero.
Fecha:
17/11/2022
Comentario:
La mera cita genérica de la existencia de condena penal o de antecedentes policiales no es circunstancia agravante que justifique la expulsión del extranjero. El Tribunal Supremo establece que la expulsión exige, en cada caso y de manera individualizada, la valoración y apreciación de circunstancias agravantes, sin que para colmar esta exigencia baste con una somera referencia a la existencia de antecedentes penales y/o actuaciones policiales de los que no se sepa nada más que eso, su mera existencia. © Diario La Ley, núm. 10172, Sección Jurisprudencia, 17 de noviembre de 2022, LA LEY.
Jurisprudencia comentada: