La mera cita genérica de la existencia de condena penal o de antecedentes policiales no es circunstancia agravante que justifique la expulsión del extranjero.

Fecha: 17/11/2022
Comentario:

La mera cita genérica de la existencia de condena penal o de antecedentes policiales no es circunstancia agravante que justifique la expulsión del extranjero. El Tribunal Supremo establece que la expulsión exige, en cada caso y de manera individualizada, la valoración y apreciación de circunstancias agravantes, sin que para colmar esta exigencia baste con una somera referencia a la existencia de antecedentes penales y/o actuaciones policiales de los que no se sepa nada más que eso, su mera existencia. © Diario La Ley, núm. 10172, Sección Jurisprudencia, 17 de noviembre de 2022, LA LEY.

Jurisprudencia comentada:

Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León