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El Supremo concede la nacionalidad española por residencia a un argelino que no aportó la documentación exigida para tramitar el expediente.
Fecha:
09/09/2020
Comentario:
El Supremo concede la nacionalidad española por residencia a un argelino que no aportó la documentación exigida para tramitar el expediente. El Alto Tribunal declara que no es imprescindible aportar la certificación de nacimiento ni el certificado de antecedentes penales del país de origen, si pueden ponderarse en conjunto el resto de circunstancias y se acredita la buena conducta del solicitante, además de valorar la enorme dificultad existente para la obtención de los mismos. Diario La Ley, núm. 9692, Sección Jurisprudencia, 9 de septiembre de 2020, Wolters Kluwer.
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