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Las cuantías exigidas para los supuestos de reagrupación familiar no son aplicables a las autorizaciones de residencia por arraigo social.
Fecha:
11/07/2019
Comentario:
Las cuantías exigidas para los supuestos de reagrupación familiar no son aplicables a las autorizaciones de residencia por arraigo social. Establece el TS que cuando el extranjero solicite la exención del contrato de trabajo es procedente una valoración discrecional de la suficiencia económica en atención a las circunstancias concretas del caso, sin que quepa acudir a la aplicación analógica del régimen sobre reagrupación familiar. © Diario La Ley, núm. 9454, 11 de julio de 2019, Wolters Kluwer (Texto completo).
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