Doctrina sobre la superación de los plazos fijados para notificar la denegación de una solicitud de asilo presentada desde un CIE.

Fecha: 05/03/2020
Comentario:

Doctrina sobre la superación de los plazos fijados para notificar la denegación de una solicitud de asilo presentada desde un CIE. No se aprecia ninguna distinción en lo que se refiere al cómputo de los plazos contemplados para la situación del solicitante en frontera y de quien formula la solicitud desde un CIE, por lo que el Alto Tribunal establece doctrina y confirma el deber de notificar la resolución de inadmisión a trámite a la persona interesada en un máximo de 4 días desde su presentación, al igual que sucede con la resolución denegatoria de la solicitud. Diario La Ley, núm. 9587, Sección La Sentencia del día, 5 de marzo de 2020.

Jurisprudencia analizada:

Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León