Para la Justicia europea, exigir siempre la suficiencia de recursos económicos para conceder la residencia por reagrupación familiar vulnera el derecho europeo.

Fecha: 22/04/2020
Comentario:

Para la Justicia europea, exigir siempre la suficiencia de recursos económicos para conceder la residencia por reagrupación familiar vulnera el derecho europeo. El Tribunal europeo resuelve la cuestión prejudicial planteada a raíz de la denegación por parte de la Administración española de la solicitud de un ciudadano marroquí de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la UE, y hace hincapié que exigir siempre el requisito de contar con recursos económicos suficientes puede vulnerar el derecho de residencia derivado. © Diario La Ley, núm. 9618, Sección Jurisprudencia, 22 de Abril de 2020, Wolters Kluwer.

Jurisprudencia comentada:

  • STJUE 27.02.2020. La Ciudadanía UE se opone a la normativa y práctica española de denegar solicitud reagrupación familiar del cónyuge de ciudadano UE nacional de 3 país porque no disponga de recursos suficientes.
Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León