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El TS confirma la nulidad de la norma que exime de traducir al castellano los documentos que surtan efectos en CCAA del mismo ámbito lingüístico que el valenciano.
Fecha:
07/07/2020
Comentario:
El TS confirma la nulidad de la norma que exime de traducir al castellano los documentos que surtan efectos en CCAA del mismo ámbito lingüístico que el valenciano. Desborda la competencia exclusiva del Estado en la materia al introducir un concepto jurídico, como el de “mismo ámbito lingüístico”, que resulta ajeno a la norma estatal aplicable, constituida por el art. 15.3 LPAC. © Diario La Ley, núm. 9668, 7 de julio de 2020, Wolters Kluwer.
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