Noticias
- 22/12/2024
- 22/12/2024
- 22/12/2024
- 08/12/2024
Es la hora de todos los descendientes.
Es la hora de todos los descendientes.
El Centro de Descendientes Españoles Unidos- Ce.DEU- saluda la decisión del Gobierno en presentar, en el día de hoy, el Proyecto de Ley por el cual se modificará el Código Civil con el objeto de beneficiar con la nacionalidad a los descendientes de los sefardíes.
No obstante ello, un tema que preocupa con extrema intensidad al colectivo de los descendientes de españoles emigrados en el siglo XX por razones económicas y/o políticas, es que tanto en el mencionado proyecto como en todas las reformas normativas relacionadas a nacionalidad, han quedado afuera los siguientes casos al acceso de la nacionalidad:
- 1. Los nietos de las mujeres españolas de origen casadas con un no español o que hayan perdido su nacionalidad por una razón diferente a ésta, debido a que aquellas no transmitían la nacionalidad con anterioridad a la constitución de 1978, y perdían su nacionalidad al contraer matrimonio con un no español, salvo en el caso de las madres solteras.
- 2. Los hijos mayores de edad de quienes optaron por la nacionalidad española de origen por medio de la disposición adicional 7ª de la Ley 52/2007. Existen varios casos en los que la madre y padre de un núcleo familiar poseen la nacionalidad española de origen, y a su vez algunos de sus hijos poseen la nacionalidad española y otros no, dependiendo si éstos eran menores o mayores de edad al momento de entrada en vigencia de la Ley 52/2007, generando divisiones familiares.
- 3. Los nietos de aquellos españoles de origen que se vieron obligados a adoptar la nacionalidad del país al que emigró (país de acogida), para poder trabajar y sustentarse ya que muchos países exigían la nacionalización para ingresar a un trabajo, y nietos de españoles que contando con la nacionalidad, les fue privada por no haberla ratificado su al cumplir la mayoría de edad.
Esta modificación a favor a los sefardíes, hace razonable que se reconozca la nacionalidad también a los casos antes expuestos, a fin de que España salde una deuda histórica que tiene con la emigración del siglo XX en esta materia y que no es de su deseo tener que esperar 500 años para el reconocimiento de nuestros derechos, como debieron hacer los sefardíes.
Por ello, y como creemos que esta reivindicación es razonable y justa, es que agradaría mucho al colectivo, que TODOS los grupos parlamentarios, especialmente el grupo gobernante, acompañe enmiendas a dicha reforma del Código Civil, para poder beneficiar tanto a los sefardíes como a los descendientes de la emigración del siglo XX.
© Nota del Centro de Descendientes de Españoles Unidos (Ce.Deu).
Noticias relacionadas:
- Discriminación en el acceso a la nacionalidad españoles a los descendientes de quienes emigraron en el siglo XX.
- El Gobierno envía al Parlamento la norma que permitirá adquirir nacionalidad española a los judíos sefardíes. Madrid © Europa Press.es.
- El Gobierno aprueba la ley que da doble nacionalidad a los sefardíes. Vera Gutiérrez Calvo (Madrid) © El País.com.
Bibliografía:
- Aurelia Álvarez Rodríguez, "Españoles por carta de naturaleza: del privilegio a la reparación de los perjuicios causados"; La notaria, núm. 3, 2012.