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- 22/12/2024
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- 22/12/2024
- 08/12/2024
La UE se dispone a reforzar los derechos de los ciudadanos a la protección y la asistencia consulares en terceros países.
La UE se dispone a reforzar los derechos de los ciudadanos a la protección y la asistencia consulares en terceros países.
Los ciudadanos de la UE que se encuentren en el extranjero durante situaciones de emergencia o crisis como las recientemente sufridas por Japón, Libia o Egipto tienen derecho a solicitar asistencia en cualquier consulado o embajada de la UE si su Estado miembro de origen carece de representación en ese país. Los Estados miembros de la UE deben además facilitar la evacuación de esos ciudadanos como si de sus propios nacionales se tratase. Los Tratados de la UE y la Carta de Derechos Fundamentales de la UE garantizan ese derecho, que constituye uno de los componentes clave de la ciudadanía de la UE. Esa protección se extiende asimismo a situaciones cotidianas como el robo de un pasaporte o accidentes o enfermedades graves; sin embargo, muchos europeos no son conscientes de ese derecho. A medida que aumenta el número de ciudadanos de la UE que viven, se desplazan y trabajan en terceros países (los europeos efectúan más de noventa millones de viajes anuales fuera de la UE, y treinta millones de nuestros ciudadanos son residentes en terceros países) resulta más importante intensificar las campañas de información acerca de esos derechos. En su Comunicación de hoy sobre la protección consular en terceros países, la Comisión Europea establece medidas concretas para lograr que los ciudadanos de la UE conozcan mejor sus derechos. Alo largo del próximo año, la Comisión propondrá medidas de coordinación dirigidas a facilitar el ejercicio cotidiano de la protección consular de los ciudadanos. Además, se dispone a inaugurar un sitio web específicamente dedicado a ese tema, en el que se indicarán las direcciones de las misiones consulares o diplomáticas en terceros países y se brindará acceso a los servicios de asesoramiento sobre viajes de todos los Estados miembros.
«Los europeos están prestando su ayuda a los ciudadanos de Japón y Libia en estos momentos de emergencia nacional para ambos países», afirmó Viviane Reding, Vicepresidenta de la Comisión y Comisaria de Justicia de la UE. «En medio de tan extremas circunstancias, podemos ver la solidaridad europea en acción. Los Estados miembros están aunando sus esfuerzos para contribuir a evacuar a los nacionales de los demás Estados miembros. Ahora que son más numerosos los ciudadanos de la UE que trabajan en el extranjero y que traspasan las fronteras de la Unión, es fundamental que todos ellos sepan dónde y cómo buscar ayuda en caso de crisis, con independencia del lugar del mundo en el que se hallen y de su nacionalidad.»
El número de ciudadanos de la UE que viaja a terceros países va en aumento, con más de noventa millones de desplazamientos en 2008 frente a una cifra de más de ochenta millones en 2005. Aunque el número de ciudadanos de la UE que residen de forma permanente en un tercer país supera los treinta millones, la totalidad de los veintisiete Estados miembros sólo dispone de representación diplomática en tres países (Estados Unidos, China y Rusia).
Las encuestas de opinión muestran que los europeos tiene grandes expectativas en lo que a la asistencia en el extranjero respecta. Un 62 % de ellos espera recibir en la embajada de otro país de la UE el mismo tipo de ayuda que en la embajada de su propio país (véase el anexo). No obstante, muchos europeos y miembros del personal consular desconocen ese derecho de protección que confiere la ciudadanía de la UE. La Comisión se propone intensificar las campañas de información dirigidas tanto a los ciudadanos de la UE como a los funcionarios consulares acerca del derecho a acudir a embajadas o consulados distintos de los del país de origen, la forma de acceder a esos servicios y el tipo de ayuda que de ellos se recibe. Los Estados miembros podrían informar a sus ciudadanos acerca de ese derecho en el momento de la expedición de nuevos pasaportes. De hecho, veinte Estados miembros se han inclinado ya por esa opción1.
Los recientes acontecimientos en Japón, Libia y Haití han puesto de manifiesto la importancia de la asistencia consular a los nacionales extranjeros atrapados en situaciones de crisis en el extranjero. Cuando estalló la crisis en Libia, había en ese país aproximadamente 6 000 ciudadanos de la UE, aunque solo ocho Estados miembros disponen allí de representaciones. El 9 de marzo de 2011, 1 345 ciudadanos de la UE seguían en el país. La ayuda se coordinó por teleconferencia y a través del sitio web seguro del Centro de Situación Común de la UE. Los Estados miembros han estado facilitando a los ciudadanos de los demás Estados miembros documentación de viaje de emergencia y plazas en los aviones de evacuación de ciudadanos de terceros países. En Haití, unos 2 700 ciudadanos de la UE se vieron afectados por el terremoto de 2010, pero solo la mitad de los Estados miembros de la UE disponían allí de representaciones diplomáticas.En Japón, lugar donde Malta y Chipre son los únicos Estados miembros que carecen de representación, unos 1 000 ciudadanos entraron en contacto con los servicios consulares nacionales y solicitaron asistencia para salir del país. Alemania ayudó a evacuar a nacionales alemanes y al menos a otros dieciocho ciudadanos de la UE mediante el flete de un autobús desde la ciudad de Sendai.
La solidaridad europea ha resultado esencial en esas emergencias. En Libia, la UE actuó con prontitud y activó el Mecanismo de Protección Civil, que contribuye a coordinar y cofinanciar los costes de transporte de las operaciones de evacuación. Como consecuencia de esa intervención –por poner solo un ejemplo– Hungría evacuó por vía aérea desde Trípoli a veintinueve rumanos, veintisiete húngaros, veinte búlgaros, ocho alemanes, seis checos y otros seis ciudadanos de la UE y de terceros países. Ni un solo ciudadano de la UE debería quedarse atrás. Las Delegaciones de la UE, como parte del Servicio Europeo de Acción Exterior, también pueden informar a los ciudadanos acerca de la protección dispensada por los Estados miembros y ofrecer su ayuda. Así sucedió durante la crisis de Gaza de 2009: el apoyo prestado por la Delegación de la UE permitió la evacuación de casi cien personas en autobuses blindados.
Además de ser crucial en las crisis, el derecho a la ayuda consular puede asimismo ejercerse en situaciones más cotidianas como la pérdida o el robo de un pasaporte, un enfermedad o un accidente grave o las consecuencias de un delito violento. No obstante, las leyes consulares de los Estados miembros presentan variaciones y el nivel de protección que ofrecen es diferente según el país hacia el que se dirige el ciudadano de la UE. Los Estados miembros pueden conceder, por lo general, pequeños anticipos (el importe necesario, por ejemplo, para abonar el precio del vuelo al país de origen o la estancia en un hotel). Para ello, los Estados miembros que dispensan la ayuda tienen que solicitar una autorización previa al país de origen del ciudadano, que reembolsa el importe al país que lo ha adelantado. El país de origen puede, a continuación, solicitar al ciudadano el reintegro de ese importe .
Los Estados miembros reciben también una compensación cuando se encargan de la evacuación de los ciudadanos de la UE carentes de representación. No obstante, las normas vigentes en materia de reembolso rara vez se aplican en la práctica. A fin de asegurar una asistencia en igualdad de condiciones a los ciudadanos de la UE cuyo país no tiene representación y de animar a los Estados miembros a asumir un papel aún más dinámico durante las crisis que no afectan a sus propios nacionales, la Comisión está estudiando las formas de facilitar y simplificar los trámites de reembolso.
Además, la Comisión presentará durante los próximos doce meses propuestas legales para:
- aumentar la seguridad jurídica en cuanto al alcance, las condiciones y los procedimientos de la protección consular y para optimizar el uso de los recursos, incluso en situaciones de crisis;
- establecer las medidas de coordinación y cooperación necesarias para facilitar el ejercicio cotidiano de la protección consular de los ciudadanos de la UE carentes de representación y
- abordar la cuestión de la compensación financiera de la protección consular en situaciones de crisis.
Contexto
Los Tratados de la UE garantizan a todos los ciudadanos de la Unión igualdad de trato en lo que respecta a la protección que reciben de las autoridades diplomáticas y consulares de cualquier Estado miembro cuando se encuentran de viaje o residen fuera de la UE y sus países de origen no tienen representación (véanse los artículos 20, apartado 2, letra c), y 23 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y el artículo 46 de la Carta de Derechos Fundamentales de la UE. En casi todos los países del mundo hay por lo menos un Estado miembro de la UE que no está representado.
En su Informe sobre la ciudadanía de octubre de 2010 (véanse también los documentos IP/10/1390 y MEMO/10/525), la Comisión se comprometió a aumentar la efectividad del derecho de los ciudadanos de la UE a recibir asistencia en terceros países, incluso en situaciones de crisis, por parte de las autoridades diplomáticas y consulares de todos los Estados miembros, mediante una propuesta de disposiciones legislativas y una mejora de la información dirigida a los ciudadanos a través de un sitio web y de medidas específicas de comunicación.
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