Un informe de la Comisión Europea señala los progresos en la aplicación de los derechos fundamentales en la Unión Europea.

Fecha: 31/03/2011
Comentario:

Un informe de la Comisión Europea señala los progresos en la aplicación de los derechos fundamentales en la Unión Europea.

Se ha cumplido un año desde que la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE se hizo jurídicamente vinculante – en primer lugar para las instituciones de la UE (Parlamento Europeo, Consejo y Comisión Europea) cuando elaboran nuevas leyes europeas, pero también para las autoridades nacionales cuando aplican el Derecho de la UE. Como parte de su labor para hacer que los derechos fundamentales sean una realidad para los ciudadanos en la UE, la Comisión Europea ha elaborado un primer informe sobre cómo se está aplicando la Carta. El Informe anual sobre la aplicación de la Carta pone de manifiesto que los derechos fundamentales revisten importancia para toda una amplia gama de políticas – de la protección de datos a la inmigración y el asilo – y que la Carta suscita un elevado interés entre la opinión pública. No obstante, el informe también pone de relieve el hecho de que con frecuencia la Carta se malinterpreta. En 2010, la Comisión recibió más de 4 000 cartas de ciudadanos relacionadas con los derechos fundamentales. Aproximadamente tres cuartas partes de ellas se referían a asuntos que no entraban en el ámbito de aplicación del Derecho de la UE. Por añadidura, según un estudio reciente del Defensor del Pueblo Europeo, el 72 % de los europeos consideran que no están bien informados sobre la Carta (EO/11/6). El presente informe supone un primer paso para hacer frente a estos retos, aclarando en qué casos se aplica la Carta y en qué casos no se aplica. Esto facilitará el acceso de los ciudadanos a la justicia. El informe debe ayudarles a decidir a quién tienen que dirigirse cuando consideren que una institución de la UE o una autoridad nacional ha vulnerado sus derechos fundamentales. Así pues, el informe anual se inscribe en la estrategia de la Comisión para garantizar la aplicación efectiva de los derechos fundamentales de modo que los ciudadanos puedan hacerlos valer en la práctica (véase IP/10/1348).
«Para lograr que la Carta surta realmente efectos, los ciudadanos necesitan conocer cuáles son sus derechos y cómo hacerlos valer para que se imparta justicia» ha declarado Viviane Reding, Vicepresidenta de la Comisión y Comisaria de Justicia de la UE. «La UE no es un "superpolicía" de los derechos fundamentales. La Carta se aplica principalmente a las instituciones de la UE. Los derechos deben ser aplicados en primera instancia por los jueces nacionales con arreglo a sus constituciones.» La Sra. Reding ha añadido que: «Sin embargo, en los casos en que el Derecho de la UE sea aplicable, no toleraré ninguna violación de los derechos fundamentales. Este informe nos ayuda a detectar los progresos realizados para que podamos adoptar medidas cuando resulte necesario y a extraer lecciones de cara al futuro.»
«Este informe constituye un hito importante en el camino para cumplir el compromiso de la UE con los derechos fundamentales. Guiará a la UE en su política y en su labor legislativa y clarifica los ámbitos que requieren una mayor actuación, por parte de las Instituciones de la UE o los Estados miembros, para defender los derechos fundamentales de todas las personas en la UE», señaló Morten Kjaerum, Director de la Agencia Europea de Derechos Fundamentales.
La aplicación de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE suscita un elevado interés y grandes expectativas entre los ciudadanos. Al mismo tiempo, un número considerable de las quejas recibidas se refiere a situaciones a las que no se puede aplicar la Carta (véase el anexo). Esto pone de manifiesto una confusión frecuente sobre el propósito de la Carta y sobre los supuestos en los que se aplica o no se aplica, así como sobre el papel de la UE.
Por consiguiente, el informe que hoy presentamos pretende informar mejor al público sobre cuándo puede hacer valer la Carta. En particular, aspira a aclarar las misiones que incumben, respectivamente, a los Estados miembros y a los sistemas nacionales de protección de derechos, por un lado, y a la Comisión Europea por otro. Los ciudadanos que consideren que se han quebrantado sus derechos fundamentales necesitan saber a quién dirigirse para tener acceso a la justicia.
Este informe proporciona una primera visión de conjunto sobre la manera en que se están aplicando los derechos fundamentales en la UE tras la aprobación del Tratado de Lisboa, que confirió valor jurídico vinculante a la Carta. El informe destaca que mientras las instituciones de la UE siempre tienen que tomar convenientemente en consideración los derechos consagrados en la Carta, los Estados miembros solo están obligados por ella cuando aplican las políticas y el Derecho de la UE. El informe se estructura en seis capítulos a imagen de los seis títulos en que se divide la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE: dignidad, libertades, igualdad, solidaridad, ciudadanía y justicia (véase el anexo). El informe muestra que la Carta es importante en toda una serie de políticas que son competencia de la UE.
Por ejemplo, en lo que atañe al uso de escáneres corporales en los aeropuertos, la Comisión subrayó la necesidad de respetar los derechos fundamentales, como la dignidad humana, la vida privada y familiar y la confidencialidad de los datos. Por lo que se refiere a la gestión de fronteras, la Comisión propuso nuevas normas para hacer más eficaz la vigilancia de las fronteras marítimas y asegurar al mismo tiempo el respeto de los derechos fundamentales de los inmigrantes interceptados en el mar. La Comisión propuso asimismo modificar las normas por las que se rige Frontex, la Agencia de gestión de las fronteras exteriores de la UE (véase IP/10/184). Las propuestas requieren que los agentes que vigilan las fronteras sigan cursos sobre los derechos fundamentales y que cualquier incidente que se produzca durante las operaciones, incluidos los que afecten a los derechos fundamentales, se ponga en conocimiento de las autoridades nacionales y sea objeto de seguimiento.
El Tribunal de Justicia de la UE también ha desempeñado un importante papel en la defensa de la Carta. En particular, en lo que respecta al derecho a la protección de los datos personales, el Tribunal invalidó parcialmente, el 9 de noviembre de 2010, la normativa de la UE que obligaba a publicar los nombres de las personas físicas beneficiarias de fondos procedentes del Fondo Europeo Agrícola de Garantía y del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural. En un asunto paradigmático en materia de igualdad, el Tribunal dictaminó, el pasado 1 de marzo, que las diferencias en las primas de seguro aplicadas a mujeres y hombres constituyen una discriminación por razón de sexo y que son incompatibles con la Carta (MEMO/11/123). Los Estados miembros no pueden pasar por alto este importante principio en sus legislaciones nacionales.
En 2010, la Comisión adoptó medidas para garantizar el derecho de todos los ciudadanos de la UE a trasladarse y establecerse en otro país de la UE y el derecho a no ser discriminados. Fue para garantizar estos derechos por lo que, en el verano de 2010, la Comisión reaccionó inmediatamente ante la expulsión de Francia de ciudadanos de la UE de origen romaní (SPEECH/10/428 y MEMO/10/502). La Comisión comprobó cuidadosamente si las expulsiones se habían llevado a cabo respetando escrupulosamente las exigencias impuestas por la UE. Como consecuencia de la reacción de la Comisión, Francia y otros Estados miembros están procediendo a modificar sus legislaciones para que cumplan fielmente las normas de la UE sobre libre circulación.
Antecedentes
Con la entrada en vigor del Tratado de Lisboa, el 1 de diciembre de 2009, la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea se hizo jurídicamente vinculante.
En octubre de 2010, la Comisión adoptó la Estrategia para la aplicación efectiva de la Carta de los Derechos Fundamentales por la Unión Europea. Esta estrategia estableció una «lista de control de los derechos fundamentales» para evaluar mejor la repercusión de sus propuestas legislativas sobre los derechos fundamentales (véase el anexo). La Comisión también se comprometió a proporcionar información a los ciudadanos sobre cuándo puede intervenir en asuntos que afectan a los derechos fundamentales, así como a publicar un informe anual sobre la aplicación de la Carta con el fin de supervisar los progresos realizados. La publicación de este informe responde a una antigua petición del Parlamento Europeo.
Información complementaria:  

Noticia elacionada:

Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León