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- 26/12/2024
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- 25/12/2024
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Seis principios para seguir desarrollando la cooperación entre la UE y Turquía en la gestión de la crisis migratoria.
Seis principios para seguir desarrollando la cooperación entre la UE y Turquía en la gestión de la crisis migratoria.
El 7 de marzo, los líderes de la UE acordaron que era necesario acometer medidas resolutivas para cerrar las rutas del tráfico ilícito de personas, desarticular el modelo de negocio de los traficantes, proteger las fronteras exteriores de la UE y acabar con la crisis migratoria en Europa. En este sentido, los dirigentes acogieron favorablemente las propuestas adicionales realizadas por Turquía y acordaron trabajar con dicho país sobre la base de seis principios. El Presidente del Consejo Europeo recibió el encargo de hacer avanzar estas propuestas y detallar sus pormenores junto con Turquía antes del Consejo Europeo de los días 18 y 19 de marzo.
Frans Timmermans, vicepresidente primero, declaró: «Nadie que desee permanecer fiel a los principios de la decencia, la humanidad y la solidaridad puede tolerar que un ser humano tenga que arriesgar su vida para llegar a Europa poniéndose en manos de traficantes de personas que se aprovechan cínicamente del sufrimiento humano. Ya es hora de poner fin a esta práctica. Las propuestas objeto de debate entre la UE y los dirigentes de Turquía sobre el retorno de todos los nuevos migrantes irregulares y solicitantes de asilo que llegan a Grecia desde Turquía, como medida temporal y extraordinaria que surta efecto lo antes posible, y sobre el reasentamiento de los nacionales sirios procedentes de Turquía en la UE, pueden romper el modelo de negocio de los traficantes de seres humanos de una vez por todas. Pero estas propuestas solo podrán llevarse a cabo desde el respeto del marco jurídico internacional y de la UE. Esto significa que es preciso evaluar individualmente el caso de cada solicitante de protección internacional y que deben respetarse el derecho de apelación y la garantía de que no se procederá a la devolución».
La Comunicación de hoy es la contribución de la Comisión al Consejo Europeo y establece el modo en que deben impulsarse los seis principios para aprovechar al máximo todo el potencial de la cooperación entre la Unión Europea y Turquía, respetando el Derecho europeo e internacional.
1. Garantías jurídicas para el retorno de los todos los nuevos migrantes irregulares y solicitantes de asilo que llegan a las islas griegas desde Turquía
El retorno de los migrantes irregulares y de los solicitantes de asilo cuyas solicitudes han sido rechazadas o declaradas inadmisibles, elemento esencial para desmantelar el pago por parte de los migrantes a los traficantes y evitar que los personas arriesguen sus vidas, solo puede llevarse a cabo desde el respeto del Derecho europeo e internacional. Las disposiciones de este tipo de retornos, tanto de las personas que necesitan protección internacional como de las que no, han de considerarse únicamente medidas temporales y de carácter extraordinario concebidas para poner fin al sufrimiento humano que hoy en día generan los grandes flujos entre Turquía y Grecia.
Todos los retornos deben realizarse de acuerdo con las garantías de protección de los refugiados que contempla la legislación internacional y de la UE. Esto implica que toda solicitud de asilo se trate de forma individual y en conformidad con los parámetros jurídicos y procedimentales claramente establecidos en la Directiva sobre los procedimientos de asilo de la UE. Por lo tanto, no se trata de aplicar una «política de retorno generalizada» que atente contra los requisitos jurídicos y los derechos fundamentales de los solicitantes de asilo.
Readmisión de las personas que no necesitan protección internacional: Todos los nuevos migrantes irregulares y solicitantes de asilo que entren en Grecia a los que no se reconozca la necesidad de protección internacional serán devueltos a Turquía en el marco del Acuerdo bilateral de readmisión entre Grecia y Turquía.
Retorno de las personas que necesitan protección internacional: Con arreglo al Derecho de la UE (artículos 35 y 38 de la Directiva sobre los procedimientos de asilo), una solicitud de asilo puede cerrarse y ser declarada inadmisible cuando una persona ya haya sido reconocida como refugiado o ya disfrute de protección suficiente en un «primer país de asilo», o cuando una persona haya llegado a la UE desde un «tercer país seguro» que pueda garantizar un acceso efectivo a la protección. Son varias las garantías existentes que protegen los derechos de los solicitantes de asilo; desde el examen individual de cada caso, a las entrevistas personales y el derecho de recurso contra las decisiones de inadmisibilidad.
Disposiciones prácticas: Con el fin de aplicar estas disposiciones es necesario modificar las legislaciones nacionales griega y turca: en Grecia para garantizar que Turquía está clasificada como tercer país seguro y en Turquía para garantizar el acceso efectivo a los procedimientos de asilo de todas las personas que necesitan protección internacional. Será necesario establecer disposiciones operativas rápidas entre Grecia y Turquía que incluyan el aumento de la capacidad de acogida de las islas griegas y la habilitación de oficinas de readmisión y asilo en los puntos críticos.
2. Programa de reasentamiento 1:1
Por cada nacional sirio reornado de las islas griegas se procederá a reasentar a otro en la UE directamente desde Turquía. Para que el programa funcione, los Estados miembros deben facilitar un número suficiente de plazas de reasentamiento. Los compromisos existentes para este fin incluirán las 18 000 plazas restantes de las 22 504 del Programa de reasentamiento de la UE acordado en julio de 2015 y, si fuera necesario, el uso de las 54 000 plazas no asignadas con arreglo a los acuerdos de reubicación existentes.
El marco logístico sobre el que reposa el régimen voluntario de admisión humanitaria con Turquía debería utilizarse a los fines del programa de reasentamiento 1:1, basándose en la experiencia del ACNUR con el apoyo de la Oficina Europea de Apoyo al Asilo, de la Organización Internacional para las Migraciones y de funcionarios de asilo nacionales adicionales cuando sea necesario. Una vez que el programa 1:1 haya cumplido su propósito de frenar los flujos migratorios, se activará la admisión con arreglo al régimen voluntario de admisión humanitaria al que los Estados miembros contribuyen de forma voluntaria.
3. Acelerar la hoja de ruta sobre la liberalización de visados
Se acelerará el trabajo en la hoja de ruta sobre la liberalización de visados con Turquía sin modificar los 72 criterios de referencia que Turquía debe cumplir (de los que ya ha cumplido 35). A fin de cumplir el objetivo de la abolición del régimen de visado para finales de junio, Turquía tendrá que adoptar las medidas pendientes a su debido tiempo. En el entendimiento de que Turquía adoptará las medidas necesarias para cumplir los requisitos pendientes, la Comisión presentará una propuesta legislativa para suprimir la obligación de visado para los ciudadanos turcos a finales de abril de 2016.
4. Acelerar el desembolso de fondos en el marco del Instrumento para los refugiados en Turquía
Se están financiando los primeros proyectos del Instrumento para los refugiados en Turquía, mediante la adjudicación de 55 millones de euros para hacer frente a las necesidades inmediatas de los escolares sirios en Turquía a fin de que accedan a la educación formal y la entrega de 40 millones de euros en ayuda humanitaria a través del Programa Mundial de Alimentos. El siguiente paso para financiar otros proyectos requerirá el compromiso activo de las autoridades turcas para finalizar el análisis de necesidades a más tardar a mediados de abril.
5. Acelerar las negociaciones de adhesión
La Comisión y los Estados miembros están trabajando para hacer avanzar las negociaciones de adhesión con Turquía. Están en curso los preparativos para avanzar hacia la apertura de cinco capítulos. La Comisión aspira a concluir todos los documentos preparatorios correspondientes para la primavera con vistas a su presentación al Consejo, sin perjuicio de las posiciones de los Estados miembros y el marco de negociación.
6. Mejora de las condiciones humanitarias dentro de Siria
Según lo declarado por el Consejo Europeo, la UE está dispuesta a trabajar con Turquía para mejorar las condiciones humanitarias dentro de Siria, lo que permitiría a los refugiados vivir en zonas más seguras. Para garantizar el éxito, es fundamental que los compromisos asumidos por el Grupo Internacional de Apoyo a Siria en Munich los días 11 y 12 de febrero sean ejecutados íntegramente y por todas las partes a la mayor brevedad.
Antecedentes
El 15 de octubre, la Comisión Europea alcanzó un acuerdo ad referendum con Turquía sobre un Plan de acción conjunto con el fin de estrechar la cooperación en materia de gestión de la migración en un esfuerzo coordinado para hacer frente a la crisis de los refugiados. El Plan de acción conjunto fue activado en la reunión UE-Turquía de 29 de noviembre de 2015.
El Plan de acción define una serie de acciones colaborativas que deben ejecutarse con carácter urgente por parte de la Unión Europea y la República de Turquía con el fin de afrontar los retos comunes de manera concertada y complementar los esfuerzos de Turquía en la gestión del gran número de personas necesitadas de protección en Turquía. Además, la Unión Europea (sus instituciones y sus Estados miembros), también se comprometió a reforzar el compromiso político con Turquía, proporcionando a este país una ayuda financiera significativa, acelerando el cumplimiento de la hoja de ruta de liberalización de visados y revitalizando el proceso de adhesión de Turquía.
Tras su reunión con el primer ministro Davutoğlu, los Jefes de Estado o de Gobierno en su reunión de 7 de marzo de 2016 acogieron favorablemente las propuestas adicionales realizadas por Turquía para abordar el problema de la inmigración.
Fuente: Comisión Europea.eu.
Para más información
- Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo Europeo y al Consejo: Nuevas medidas operativas de la cooperación UE-Turquía en el ámbito de la migración.
- Ficha informativa: Gestión de la crisis de los refugiados: La ayuda de la UE a Jordania.
- FICHA INFORMATIVA: Gestión de la crisis de los refugiados: La ayuda de la UE al Líbano.
- Plan de acción conjunto con Turquía
- FICHA INFORMATIVA: Plan de acción conjunto con Turquía - Informe de aplicación
- Comunicado de prensa: Régimen voluntario de admisión humanitaria para refugiados sirios en Turquía.
- Recomendación de la Comisión para un régimen de admisión humanitaria voluntaria para los refugiados procedentes de Siria que se encuentren en Turquía
- Segundo Informe sobre la evolución de Turquía en relación con el cumplimiento de los requisitos de la hoja de ruta para la liberalización del régimen de visados.
- Directiva 2013/32, sobre procedimientos de asilo.
- Agenda Europea de Migración.