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- 27/12/2024
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- 25/12/2024
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El Parlamento decide facilitar la reintroducción urgente de visados.
El Parlamento decide facilitar la reintroducción urgente de visados.
La UE podrá reimponer más rápida y fácilmente la exigencia de visados a ciudadanos de terceros países en caso de incremento considerable de la inmigración irregular o si hay riesgos para la seguridad, gracias a las nuevas reglas que el pleno aprobó el jueves.
El eurodiputado Agustín Díaz de Mera (PPE, España), responsable de la tramitación parlamentaria de la propuesta afirmó: “Hemos logrado dotarnos de un mecanismo más ágil y operativo, sin olvidar nuestras prioridades de defender los derechos humanos y preservar el rol del Parlamento. Espero sinceramente que ahora que aprobamos el mecanismo reforzado, el Consejo coopere para adoptar rápidamente la exención de visados para Georgia y Ucrania, dado que los dos países cumplen hace tiempo los requisitos para ello.”
Los cambios recibieron el apoyo de 485 eurodiputados, 132 votaron en contra y 21 se abstuvieron.
Con la nueva normativa, los países exentos de visados podrán verse sometidos de nuevo a esa exigencia para entrar en la UE en una o varias de las siguientes circunstancias:
- un incremento sustancial en el número de ciudadanos de ese país a los que se rechaza la entrada o que se encuentran en territorio comunitario de manera irregular,
- un alza considerable en el número de solicitudes de asilo infundadas,
- un empeoramiento de la cooperación en la devolución de inmigrantes, o
- un aumento de los riesgos o una amenaza inminente a la seguridad, vinculados a los ciudadanos del tercer país en cuestión.
Suspensión de la exención de visados
Tanto los Estados miembros como la Comisión Europea podrán tomar la iniciativa de activar el mecanismo de suspensión. Pero el texto recalca que la decisión de reimponer temporalmente los visados deberá basarse en “información pertinente y objetiva”.
Tras recibir la notificación sobre las mencionadas circunstancias de un Estado miembro (o la petición de una mayoría simple de países de la UE), o basándose en su propio informe, la Comisión tendrá un plazo de un mes para decidir si suspende la exención durante nueve meses. Esta decisión surtirá efecto automático.
Durante el periodo de suspensión, la Comisión, junto al país afectado, deberá tratar de encontrar soluciones a las cuestiones que llevaron a la reimposición de los visados.
El ejecutivo comunitario también deberá encargarse de vigilar la situación en todos los países exentos de visados e informar, al menos una vez al año, al Parlamento y el Consejo sobre si siguen cumpliendo las condiciones para beneficiarse de esa exención, entre ellas el respeto a los derechos fundamentales.
Extender la suspensión
Si la situación persiste, la Comisión tendrá que presentar, como tarde dos meses antes de que expire el periodo inicial de nueve meses, una propuesta para extender la exigencia de visados durante 18 meses adicionales. Tanto el Parlamento como los Estados miembros podrán oponerse a esa decisión.
El ejecutivo de la UE también podrá optar en cualquier momento por presentar una propuesta legislativa para transferir al país en cuestión de la lista de países exentos de visado a la lista de los sujetos a esa exigencia. Esta modificación requiere el respaldo de la Cámara y del Consejo.
La revisión del mecanismo de suspensión, que existe en la legislación comunitaria desde 2013, está vinculada a las propuestas para eximir de visados para acceder a la UE a los ciudadanos de Georgia -que ya ha recibido el visto bueno de la Cámara y los países-, así como de Ucrania y Kosovo.
Próximos pasos
El proyecto de reglamento todavía tiene que ser aprobado formalmente por el Consejo. Entrará en vigor veinte días después de su publicación en el Diario Oficial.
El mecanismo de suspensión de la exención de visados no se aplica a Reino Unido ni Irlanda.
Fuente: Parlamento Euiropeo.eu.