Noticias
El PE pide el reconocimiento automático de las adopciones dentro de la UE.
El PE pide el reconocimiento automático de las adopciones dentro de la UE.
Con el objetivo de proteger el interés de los menores, los eurodiputados quieren que la Comisión exija a todos los países de la UE que reconozcan automáticamente las adopciones realizadas en otro Estado miembro. La resolución aprobada el jueves propone crear un certificado europeo de adopción para acelerar el proceso de reconocimiento automático.
Los eurodiputados instan a la Comisión a proponer reglas comunes para garantizar el reconocimiento automático dentro de la UE de las adopciones “nacionales”, en las que el adoptante reside en el mismo país que el niño adoptado. Si bien la Convención de la Haya exige el reconocimiento automático de las adopciones en todos los países firmantes, incluyendo los miembros de la UE, sólo se aplica cuando los padres y el niño son de dos países diferentes.
Certificado europeo y guía de buenas prácticas
El pleno sugiere la creación de un certificado europeo de adopción para acelerar el proceso de reconocimiento automático de los certificados de adopción nacionales en otros Estados miembros. También plante establecer estándares comunes, no en forma de legislación, sino más bien mediante una guía de buenas prácticas.
El ponente TadeuszZwiefka (PPE, Polonia) subrayó que “toda adopción debe tener en cuenta el interés del menor y las circunstancias específicas de cada caso. La adopción debe ofrecer al niño un entorno estable”, defendió Zwiefka, quién pidió a la Comisión que actúe para garantizar la seguridad jurídica a las familias con niños adoptados al trasladarse a otro Estado miembro.
Eliminar trabas administrativas
Las familias con niños adoptados en su propio país aún encuentran trabas legales y administrativas cuando se mudan a otro Estado de la UE. Pueden tener por ejemplo dificultades a la hora de elegir opciones educativas o tratamientos médicos para el niño adoptado y verse obligados a demostrar que tienen su custodia legal.
La resolución se aprobó con 533 votos a favor, 41 en contra y 72 abstenciones. La Comisión no estará obligada a atender la petición de la Cámara, pero tendrá que argumentarlo si decide rechazarla.
El texto sólo tiene en cuenta la relación individual entre el adoptante y el adoptado, por lo que no obliga a los Estados miembro a reconocer ninguna relación jurídica entre los padres de un menor adoptado.
Fuente: © Parlamento Europeo.eu.