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- 22/12/2024
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- 08/12/2024
Modificado el Código Civil para conceder la Nacionalidad española a quienes acrediten la condición de sefardí.
Informe sobre el Anteproyecto de Ley en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes que justifiquen tal condición y su especial vinculación con España y por la que se modifica el artículo 23 del Código Civil.
- La nueva norma reforma el artículo 23 para agilizar la doble nacionalización, ya que podrán mantener la del país de origen.
El Consejo de Ministros ha recibido un informe de los ministros de Justicia y de Asuntos Exteriores y de Cooperación sobre el Anteproyecto de Ley por el que se modifica el artículo 23 del Código Civil para conseguir la agilización de la concesión de nacionalidad por carta de naturaleza a los ciudadanos sefardíes que lo deseen. La reforma permitirá la doble nacionalidad, es decir, que los nuevos españoles conserven también la que tenían con anterioridad, como ocurre con algunos países como los iberoamericanos.
En la actualidad, los ciudadanos sefardíes pueden adquirir la nacionalidad española por dos vías: después de llevar dos años residiendo en España (como los nacionales de Iberoamérica, Portugal y Filipinas) o por carta de naturaleza. Sin embargo, esta segunda vía, al tratarse de un acuerdo del Consejo de Ministros en el que se valoran las excepcionales circunstancias de su vinculación con España, quedaba al arbitrio de los respectivos Gobiernos.
Mediante el presente Anteproyecto se establece que esas circunstancias excepcionales concurren de por sí en aquellos ciudadanos extranjeros sefardíes que prueben dicha condición y su especial vinculación con nuestro país, aun cuando no tengan residencia legal en España, cualquiera que sea su ideología, religión o creencias.
Fuente: © Ministerio de Justicia.es (nota de prensa); © Moncloa.es (Consejo de Ministros: 07.02.2014).
Normativa analizada:
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- Discriminación en el acceso a la nacionalidad españoles a los descendientes de quienes emigraron en el siglo XX.
- El Gobierno inicia el trámite para que judíos sefardíes puedan ser españoles sin renunciar a su nacionalidad. Madrid © Europa Press.es.
- Los judíos sefardíes tendrán la nacionalidad española con sólo acreditar su condición. Redacción (Barcelona) © La Vanguardia.com.
- España restituirá nacionalidad a judíos sefardíes. Jorge Sainz (Associated Press) © El Nuevo Herald.com.
Otros acuerdos adoptados en la misma sesión del Consejo de Ministros (07.02.2014).
- Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la Federación de Rusia sobre protección mutua de la Información Clasificada.
- Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo entre el Reino de España y Georgia para el intercambio y protección recíproca de Información Clasificada.
- Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 973/2009, de 12 de junio, por el que se regulan las titulaciones profesionales de la marina mercante.
- RD 81/2014. Establece normas para garantizar la asistencia sanitaria transfronteriza, y por el que se modifica el Real Decreto 1718/2010, de 17 de diciembre, sobre receta médica y órdenes de dispensación.
Referencias a Consejos de Ministros celebrados en enero de 2014:
- Informe sobre el Anteproyecto de Ley Orgánica de Código Penal Militar (31/01/2014).
- Nacionalidad española a Matías Nahuel, futbolista del Villarreal (24/01/2014).
- Concedida la nacionalidad española a la nadadora Bakker, el luchador olímpico Karapetyan y la atleta Mahassin Ennasri (17/01/2014).
- RD 1/2014. Crea la Consejería de Empleo y Seguridad Social de la Misión Diplomática Permanente de España en Canadá (10/01/2014).