Salou recupera la normalidad tras los incidentes por la muerte de un senegalés.

Fecha: 12/08/2015
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Salou recupera la normalidad tras los incidentes por la muerte de un senegalés. Un centenar de personas que permanecían desde primera horas de este martes junto a las vías de tren de Salou. Efe (Salou) © Heraldo.es

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Normativa eventualmente a tener en cuenta:

  • La venta ambulante de productos falsificados de acuerdo con el párrafo 3 del art. 153 del Código Penal, redacción dada por la LO 1/2015,  El artículo 153.3 dispone que: "La venta ambulante u ocasional de los productos a que se refieren los apartados anteriores [falsificados] será castigada con la pena de prisión de seis meses a dos años". Debe tenerse que en virtud de la Ley Orgánica 4/2000, el extranjero condenado por un delito que conlleva penas de más de un año puede ser expulsado del país, según la Ley de Extranjería. Hasta ahora podían ser castigados con una multa -pero no con cárcel- cuando el beneficio obtenido no superaba los 400 euros. Esta reforma para convertir un delito en falta se llevó a cabo por la LO  2010, ya que antes de ese año -desde 2003- también estaba penalizado. Y,desde 2003 a 2010 estuvieron privados de libertad en centros penitenciarios españoles más de 550 vendedores.
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