El BOE del sábado 18 de junio publica la primera corrección de errores del Reglamento de extranjería antes su entrada en vigor.

Fecha: 18/06/2011
Comentario:

El BOE del sábado 18 de junio publica la primera corrección de errores del Reglamento de extranjería antes su entrada en vigor.

Corrección de errores del Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009.

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Comentario:

Advertidos errores en el Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 103, de 30 de abril de 2011, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones: (un artículo olvidado y otras 25 correcciones, algunas meramente gramaticales, pero otras tienen gran trascendencia -vid. la correc. al art. 254 RELOEx- (Vid. Comentario del Prof. Eduardo Rojo).

  • 1. En la página 43830, en el título XV, capítulo II, entre los artículos 264 y 266 ha de incluirse el artículo 265 que fue omitido, debe decir: «Artículo 265. Régimen jurídico de los centros de migraciones».
  • 2. En la página 43835, en la disposición final primera, primer párrafo, donde dice: «... al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.2.º de la Constitución,...», debe decir: «… al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.2.ª de la Constitución,...».
  • 3. En la página 43835, en la disposición final primera, segundo párrafo, donde dice: «... que se dictan al amparo del artículo 149.1.7.º de la Constitución,...», debe decir: «… que se dictan al amparo del artículo 149.1.7.ª de la Constitución,...».
  • 4. En la página 43841, en el artículo 8.2.b),1.º, primer párrafo, donde dice: «... Ministerios de Asuntos Exteriores y de Cooperación, del Interior y de Trabajo e inmigración,...», debe decir: «... Ministerios de Asuntos Exteriores y de Cooperación, del Interior y de Trabajo e Inmigración,...».
  • 5. En la página 43841, en el artículo 9, primer párrafo, donde dice: «... los Ministerios de Asuntos Exteriores y de Cooperación, del Interior y de Trabajo e inmigración,...», debe decir: «... los Ministerios de Asuntos Exteriores y de Cooperación, del Interior y de Trabajo e Inmigración,...».
  • 6. En la página 43843, en el artículo 14.2, donde dice: «... los titulares de los Ministerios del Interior y de Trabajo e inmigración...», debe decir: «… los titulares de los Ministerios del Interior y de Trabajo e Inmigración...».
  • 7. En la página 43857, en el artículo 39.5.b), donde dice: «... y medie mala fe...», debe decir: «... o medie mala fe...».
  • 8. En la página 43858, en el artículo 42.1, segundo párrafo, donde dice: «... siempre y cuando se cumplan los requisitos previstos en el artículo 105, excepto el apartado 2.b) y 3.e)...», debe decir: «... siempre y cuando se cumplan los requisitos previstos en el artículo 105, excepto el apartado 2.b) y 3.d)...».
  • 9. En la página 43862, en el artículo 48.4, primer párrafo, donde dice: «... previa valoración del cumplimiento de los requisitos previstos en el apartado f) del artículo 46,...», debe decir: «... previa valoración del cumplimiento del requisito previsto en el apartado f) del artículo 46,...».
  • 10. En la página 43874, en el artículo 63.1, tercer párrafo, donde dice: «…en base a los apartados a), b) y d) del el artículo 40.2 de la Ley Orgánica 4/2000,...», debe decir: «... en base a los apartados a), b) y d) del artículo 40.2 de la Ley Orgánica 4/2000,...».
  • 11. En la página 43884, en el artículo 71.2.e), donde dice: «De acuerdo con el artículo el artículo 38.6.d) de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero...», debe decir: «De acuerdo con el artículo 38.6.d) de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero...».
  • 12. En la página 43884, en el artículo 71.2.f), donde dice: «... en desarrollo artículo el artículo 38.6.d) de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero,...», debe decir: «... en desarrollo del artículo 38.6.d) de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero,...».
  • 13. En la página 43888, en el artículo 77.2.d), segundo párrafo, donde dice: «… que el organismo se encuentra incluida...», debe decir: «… que el organismo se encuentra incluido...».
  • 14. En la página 43894, en el artículo 89.4, primer párrafo, donde dice: «… y recabará los informes de la Administración Tributaria, incluida, en su caso, el de la propia Comunidad Autónoma,...», debe decir: «… y recabará los informes de la Administración Tributaria, incluido, en su caso, el de la propia Comunidad Autónoma,...».
  • 15. En la página 43917, en el artículo 125, primer párrafo, donde dice: «… Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección internacional,...», debe decir: «… Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria,...».
  • 16. En la página 43917, en el artículo 126.1, donde dice: «…o de otra clase de discriminación tipificada en el artículo 22.4.ª del Código Penal,...», debe decir: «…o de otra clase de discriminación tipificada en el artículo 22.4 del Código Penal,...».
  • 17. En la página 43956, en el artículo 187.3, donde dice: «… Los Ministerios de Asuntos Exteriores y de Cooperación, de Trabajo e inmigración...», debe decir: «… Los Ministerios de Asuntos Exteriores y de Cooperación, de Trabajo e Inmigración...».
  • 18. En la página 43976, en el artículo 225.3, segundo párrafo, donde dice: «… que será establecido de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 242 del presente Reglamento…», debe decir: «… que será establecido de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 245 del presente Reglamento…».
  • 19. En la página 43981, en el artículo 238, segundo párrafo, donde dice: «… establecidos en el artículo 216.2 de este Reglamento...», debe decir: «… establecidos en el artículo 219.2 de este Reglamento...».
  • 20. En la página 43983, en el artículo 243, apartado c), donde dice: «… de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 242.2 de este Reglamento...», debe decir: «… de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 245.2 de este Reglamento...».
  • 21. En la página 43988, en el artículo 254.1, donde dice: «… 53.1.b), cuando se trate de trabajadores por cuenta propia, y 53.2.a); y muy graves del...», debe decir: «… 53.1.b) y 53.2.a); y muy graves del...»
  • 22. En la página 43992, en el artículo 259.2, segundo párrafo, donde dice: «… los Ministerios del Interior, de Política Territorial y Administración Pública y de Trabajo e inmigración...», debe decir: «… los Ministerios del Interior, de Política Territorial y Administración Pública y de Trabajo e Inmigración...».
  • 23. En la página 43992, en el artículo 260.1, donde dice: «… y dependerán funcionalmente del Ministerio de Trabajo e inmigración,...», debe decir: «… y dependerán funcionalmente del Ministerio de Trabajo e Inmigración,...».
  • 24. En la página 43996, en la disposición adicional segunda.1, donde dice: «… en lo referido a la necesidad motivación de las resoluciones denegatorias de las autorizaciones...», debe decir: «… en lo referido a la necesidad de motivación de las resoluciones denegatorias de las autorizaciones...». 
  • 25. En la página 44002, en la disposición adicional undécima.1, donde dice: «… Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad en el Real Decreto 1418/1986, de 13 de junio,...», debe decir: «… Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, en el Real Decreto 1418/1986, de 13 de junio,...».
  • 26. En la página 44004, en la disposición adicional decimoséptima, segundo párrafo, donde dice: «… los emitidos respecto al ámbito territorial de Comunidades Autónomas que a las que se les haya traspasado...», debe decir: «… los emitidos respecto al ámbito territorial de Comunidades Autónomas a las que se les haya traspasado...».

PD. Ello sin olvidar que el RELOEx no desarrolla la DA 2ª de la LO 2/2009. Esta disposición establece expresamente: "Disposición adicional segunda. Reagrupación familiar de ciudadanos españoles respecto a sus familiares nacionales de terceros países. Reglamentariamente se podrán establecer condiciones especiales más favorables, respecto de las previstas en esta Ley, para la reagrupación familiar ejercida por los españoles".

Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León