Acuerdo por el que se establece la reactivación del período transitorio en relación con la libre circulación de los trabajadores de Rumania.

Fecha: 22/07/2011
Comentario:

Acuerdo por el que se establece la reactivación del período transitorio en relación con la libre circulación de los trabajadores de Rumania. 

Los ciudadanos rumanos requerirán de un permiso laboral para poder trabajar en España.
La medida, de carácter temporal, no afectará a los rumanos que ya forman parte del mercado de trabajo español.
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se establece la reactivación, tal y como contemplaba el Acuerdo de 2008, el período transitorio en materia de acceso al mercado de trabajo español para ciudadanos rumanos.
Así, los ciudadanos rumanos que quieran venir a trabajar a España por cuenta ajena deberán tramitar una autorización previa basada en la existencia de un contrato de trabajo. Esta medida en ningún caso tendrá efecto alguno sobre aquellos rumanos que ya forman parte del mercado laboral español.
Ésta es una decisión estrictamente técnica, basada en consideraciones internas generadas por la situación del mercado laboral en España, y se enmarca en la política migratoria general adoptada por el Gobierno a través del diálogo con los interlocutores sociales, que persigue ajustar los flujos de entrada a las necesidades del mercado de trabajo. La comunidad rumana tiene una alta tasa de actividad y una plena integración en la sociedad española.
La medida tiene carácter temporal y será objeto de una evaluación continuada basada en la evolución del mercado laboral español. El Gobierno ha mantenido y mantiene un diálogo permanente con las autoridades rumanas en relación con esta moratoria.
Los Ejecutivos de ambos países ya han acordado la creación de un grupo operativo de trabajo para gestionar todos los aspectos derivados de la aplicación de esta medida. Esta moratoria no afecta a la libre circulación de ciudadanos de la Unión Europea, un principio que España siempre ha defendido.

 

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